
La Cámara de Diputados aprobó ayer la intervención de la Municipalidad de Lambaré y la resolución será elevada al Poder Ejecutivo, que tendrá que decretar y nombrar al interventor. Mientras dure la intervención, el intendente Armando Gómez quedará suspendido en sus funciones.
La Ley 317, que regula la intervención de municipios y gobernaciones, establece que el Poder Ejecutivo decrete la intervención y nombre a un interventor, en un plazo de 15 dÃas. Esta persona deberá ser graduada en Derecho o en Ciencias Económicas, Administrativas o Contables.
En el plazo que dure la intervención, el intendente municipal quedará suspendido en sus funciones. El interventor asumirá la dirección de la administración del ente intervenido, implementará los mecanismos para comprobar y aclarar los hechos que motivaron la intervención, recabará informaciones y suspenderá a funcionarios administrativos si existe causal.

En caso de que se comprobaran las irregularidades denunciadas y, por ende, se produjera efectivamente la destitución del intendente, la Cámara de Diputados remitirá la resolución de destitución al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). Este organismo será el encargado de –ante tal situación- convocar a elecciones municipales.
Paralelamente, Ãnterin que se producen estos hechos y debido a la culminación de las funciones del interventor, el sillón ejecutivo municipal será ocupado provisoriamente por el presidente de la Junta Municipal mientras se convoca a elecciones, cuya fecha será establecida por el TSJE, que arrojará un nuevo intendente municipal, quien a los pocos dÃas jurará como tal y asumirá sus funciones.
Este flamante intendente gobernarÃa hasta Diciembre de 2020, fecha en que se llevarán a cabo las elecciones municipales generales.